El Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de Posadas ordenó a Chevrolet SA y General Motors de Argentina SRL a retrotraer las cuotas de los planes de autoahorro a valores de abril de 2018. La medida cautelar comprende a los suscriptores de esos planes que residen en los departamentos de Montecarlo, San Pedro, General Manuel Belgrano, Iguazú y Eldorado.
El Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de Posadas, Misiones, emitió una medida cautelar que beneficia a usuarios de planes de autoahorro en la provincia. En el caso caratulado «Pérez, Carmen Noemí c/ General Motors de Argentina SRL y otros s/ medida cautelar», el tribunal ordenó a las firmas Chevrolet SA de Ahorro para Fines Determinados y General Motors de Argentina SRL a retrotraer el valor de las cuotas mensuales de los contratos de adhesión al mes de abril de 2018 y actulizarlos según un nuevo índice.
Esta decisión judicial se produce luego que Carmen Noemí Pérez, actuando en representación de los usuarios y consumidores de varios departamentos de la provincia de Misiones, solicitó una medida cautelar debido a los “incrementos desproporcionados” en las cuotas de los planes de ahorro desde abril de 2018.
Estos aumentos, argumentó, superaron significativamente los índices de variación salarial y de precios, así como el valor del dólar estadounidense, “creando una situación de incertidumbre y perjuicio económico para los suscriptores”.
Los alcances de la cautelar
La resolución, firmada por el juez José Luis Casals, establece una medida cautelar según la cual las cuotas de los planes de ahorro deben retrotraerse a los valores de abril de 2018, y a partir de mayo de 2018, los incrementos deben ajustarse de acuerdo con la variación mensual del índice de salarios del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC)
Esta medida busca garantizar la previsibilidad para los consumidores y evitar que sigan sufriendo los efectos de los incrementos desmedidos.
El fallo obliga a las firmas demandadas no solo a ajustar los valores de las cuotas, sino también a informar y fiscalizar de manera adecuada cualquier variación de precios. Además, la Inspección General de Justicia y la Secretaría de Industria y Comercio deberán extremar la fiscalización sobre las operaciones de los contratos de adhesión para evitar situaciones perjudiciales para los consumidores.
Los beneficiarios
La resolución tiene efectos expansivos, beneficiando a todos los usuarios y consumidores que hayan suscripto contratos de adhesión antes de abril de 2018 y que residan en la jurisdicción del Juzgado Federal de Eldorado, es decir, en los departamentos de Montecarlo, San Pedro, General Manuel Belgrano, Iguazú y Eldorado.
Los afectados deberán ser informados a través de publicaciones en el Boletín Oficial de la Provincia de Misiones y en diarios de gran circulación. Los consumidores tendrán un plazo de diez días para excluirse de la medida si así lo desean.
Esta decisión judicial representa un importante precedente en la protección de los derechos de los consumidores en Argentina, subrayando la necesidad de un control efectivo sobre las prácticas de las empresas administradoras de planes de ahorro.
La medida cautelar no prejuzga el fondo del caso, que seguirá su curso en la justicia ordinaria de Eldorado.
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