El Gobierno nacional, a través de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), anunció que pondrá en marcha un amplio operativo de auditorías sobre más de 1 millón de titulares de pensiones no contributivas por invalidez. El objetivo es verificar que los beneficiarios cumplan con los requisitos para mantener el cobro.
Según precisó el organismo, quienes no logren acreditar su situación corren el riesgo de que la pensión quede suspendida.
En cambio, si ya te suspendieron la pensión por discapacidad y creés que se trata de un error, ingresá a esta nota y enterate dónde tenés que hacer el reclamo.
¿Cómo será la auditoría?
El procedimiento se desarrollará en cuatro etapas:
- Notificación oficial: se enviará una carta documento con un turno médico asignado.
- Evaluación profesional: se realizarán entrevistas y controles médicos a cargo de profesionales del PAMI.
- Análisis documental: ANDIS revisará la documentación médica y administrativa presentada.
- Dictamen final: se resolverá si el beneficio se mantiene o si corresponde la suspensión.
Los beneficiarios deberán concurrir a la cita con DNI, Certificado Único de Discapacidad (CUD) y documentación médica respaldatoria.
En caso de no poder asistir, deberán comunicar la inasistencia y pedir un nuevo turno enviando un correo a inasistenciapnc@andis.gob.ar, adjuntando el DNI y la documentación que justifique la falta.
¿Cómo presentar la documentación?
Tras la auditoría médica, la información deberá enviarse al profesional de PAMI asignado por alguna de estas vías:
- Plataforma Trámites a Distancia (TAD), en el apartado “Presentación de Documentación para Pensión Invalidez – Auditoría ANDIS”.
- De manera presencial en una oficina de ANSES con turno previo.
- En un centro de atención de ANDIS.
- Por correo postal a Hipólito Yrigoyen 1447, CABA (CP C1089AAA).
Requisitos para mantener la pensión
El Decreto 843/2024 establece que los beneficiarios deben acreditar al menos un 66% de incapacidad laboral y cumplir con las siguientes condiciones:
- No tener un trabajo formal registrado.
- No percibir otra jubilación o prestación.
- No disponer de bienes o ingresos suficientes para la subsistencia.
- No contar con parientes o cónyuge legalmente obligados a proporcionar alimentos.
Motivos de suspensión
El beneficio podrá suspenderse en caso de:
- Incumplir con las auditorías o no presentar la documentación solicitada.
- Faltar reiteradamente a las citaciones.
- Residir en el exterior.
- Estar detenido en una cárcel o a disposición de la justicia.
- Que la citación no pueda ser entregada por causas atribuibles al beneficiario.
Con esta medida, el Gobierno busca transparentar y depurar el padrón de pensiones por invalidez, que actualmente constituye una de las principales erogaciones en materia de asistencia social.