El titular del Juzgado Civil y Comercial N° 5 de Posadas, Dr. Fernando Escalante, frenó durante un año los descuentos directos y débitos automáticos que afectaban los haberes de dos empleados públicos. La medida judicial se conoció tras una modificación impulsada por el Gobierno provincial, que redujo del 39% al 30% el porcentaje máximo de los salarios que bancos y entidades financieras pueden debitar por préstamos y otras obligaciones mediante el Decreto N.º 1751/26, firmado por el gobernador Hugo Passalacqua.
“Lo que se dictó fue una medida cautelar que tiene como finalidad suspender los débitos automáticos que se efectuaban, por un lado, mediante los códigos de descuento directo aplicados sobre el recibo de sueldo y, por otro, a través de las operaciones que realizaba el Banco Macro”, explicó Escalante. La resolución alcanzó tanto los descuentos efectuados sobre los haberes como los débitos posteriores realizados por la entidad, donde la Provincia deposita los salarios.
El magistrado aclaró que la decisión no elimina las deudas ni impide que las entidades financieras reclamen su cobro. “No es que las entidades no les pueden cobrar o que no les puedan debitar. Estas personas tenían acordado con las entidades crediticias que el pago de sus acreencias iba a ser a través de descuentos directos, ya sea por el recibo de sueldo o mediante débitos automáticos a través del Banco Macro”, precisó.
La intervención judicial se produjo mientras continúa la causa principal, donde se discutirán los créditos de ambos trabajadores. Escalante sostuvo que el expediente forma parte de una problemática que también aparece en otros casos: “Este es por ahí el caso que tomó estado público, pero en realidad es una línea de trabajo que vengo llevando hace tiempo. Hoy es una realidad que los consumidores se encuentran sobreendeudados y prácticamente no perciben sus haberes por las deudas que tienen”, señaló en referencia a la situación que se replica a nivel nacional a causa de la recesión.
Qué detectó el juez en las cuentas de los trabajadores
Para resolver la cautelar, el juzgado analizó los movimientos de las cuentas y los recibos de haberes incorporados al expediente. Esa documentación permitió identificar los códigos de descuento aplicados y los débitos posteriores sobre los fondos depositados en Banco Macro para cancelar tarjetas de crédito y préstamos. “Estas personas no percibían prácticamente sus haberes porque les hacían los descuentos directos”, sostuvo Escalante.
El juez explicó que, antes de la modificación provincial, los descuentos directos podían alcanzar el 39% de los haberes, porcentaje que luego fue reducido al 30%. “Ese 30% de sus haberes ya era descontado a través de la planilla y, a su vez, los montos que eran depositados en el Banco Macro eran debitados para el pago de las tarjetas de crédito y los créditos que tenían, los préstamos”, explicó.

Otro elemento del expediente fue el pedido de stop debit realizado por los trabajadores para suspender los débitos automáticos. Según Escalante, el banco no les habilitaba esa posibilidad en el home banking. “La reglamentación del Banco Central establece que se debe poner a disposición de los consumidores bancarios la posibilidad de suspender los débitos y que tiene que existir un botón específico dentro del home banking. Como el Banco Macro no les habilitaba esa posibilidad, lo que hicimos fue ejecutarlo a través de esta medida cautelar: vamos a suspender los débitos, sin perjuicio de que esa deuda sigue existiendo”, afirmó.
El trabajador recupera el manejo de su salario
Con la suspensión, los trabajadores recuperan el control sobre los fondos depositados en sus cajas de ahorro y pueden decidir cómo afrontar las obligaciones asumidas. “Ellos podrán acercarse voluntariamente a la entidad financiera y abonar las cuotas de sus préstamos, las tarjetas de crédito, los pagos mínimos o lo que corresponda. Pero ya no lo harán directamente: vuelven a recuperar el manejo de su dinero”, señaló el magistrado.
Escalante diferenció este mecanismo de un eventual embargo judicial. “Al haberse adherido al débito automático, la persona ya no establecía qué monto iba a pagar ni cómo lo iba a hacer, sino que directamente le debitaban. Ahora puede negociar, refinanciar o acordar el pago, mientras que la entidad conserva las acciones legales para el cobro compulsivo”, explicó. En caso de un embargo de haberes, agregó, rigen los límites establecidos por la ley: actualmente puede afectarse hasta el 20% de los salarios.
Ante la posibilidad de que otros empleados públicos que atraviesen una situación similar recurran a la Justicia, Escalante indicó que cada presentación deberá analizarse según la prueba incorporada al expediente. “Se va a evaluar la prueba en cada caso particular. Las personas pueden presentarse de manera particular o bien mediante una acción colectiva que incluya a un número indeterminado de personas”, explicó.
Misiones redujo al 30% el tope de débito en los salarios para el pago de préstamos
La nueva regulación establece que los débitos vinculados con préstamos y otras deudas comprendidas por la medida no pueden superar el 30% de los haberes. El esquema también alcanza a los créditos que se cancelan mediante códigos de descuento administrados por el Centro Único de Administración de Descuentos (Cuad).
A su vez, el Decreto N.º 1751/26 fija límites para las tasas de interés y el costo financiero de las operaciones. Antes de otorgar un crédito, las entidades deberán informar al trabajador cuánto recibirá efectivamente, el valor de cada cuota y el monto total que deberá pagar al finalizar la operación.
El caso expone así el conflicto que surge cuando el cumplimiento de obligaciones financieras compromete de manera significativa los ingresos de quienes las contrajeron. La intervención del juzgado abrió una instancia para revisar esa situación dentro del proceso judicial, mientras las entidades conservan las vías previstas para reclamar las obligaciones pendientes.
fUENTE: tV CANAL 12
