El proyecto de ley del Congreso que propone aumentar las penas por falsas denuncias en casos de violencia de género y delitos contra la integridad sexual despertó preocupación entre especialistas, funcionarias judiciales y profesionales que trabajan con víctimas.
La iniciativa, impulsada por la senadora radical Carolina Losada y que ya obtuvo dictamen de comisión en el Senado, busca modificar artículos del Código Penal para endurecer sanciones contra la falsa denuncia, el falso testimonio y el encubrimiento en determinados delitos.
Quienes trabajan en el abordaje de la violencia de género advierten que el proyecto podría tener un efecto diferente al buscado: desalentar a víctimas reales a denunciar por temor a no ser creídas o a enfrentar consecuencias penales si no logran probar los hechos en la Justicia.
Tres especialistas consultadas y organismos especializados coinciden en que la política criminal debe sustentarse en evidencia empírica y no en casos aislados, que existen pero que no se pueden poner “en la misma balanza” con una problemática que se cobra la vida de 250 mujeres al año en Argentina.
Según datos de ONU Mujeres, a nivel global menos del 40% de las mujeres que experimentan violencia buscan ayuda institucional y, dentro de ese grupo, solo el 10% realiza una denuncia formal.
En Argentina, la Encuesta de Prevalencia de Violencia contra las Mujeres (2021) muestra que solo el 21% de quienes atravesaron situaciones de violencia realizaron una denuncia. En femicidios, el Registro Nacional de la Corte Suprema indicó que apenas el 35% de las víctimas había denunciado previamente.
Por su parte, según datos del Consejo de la Magistratura de 2025, menos del 3% de las denuncias penales serían falsas, y se vinculan principalmente con delitos económicos, no con violencia de género.
Estos datos, coinciden las especialistas, muestran que el principal problema no es la proliferación de denuncias falsas sino la subdenuncia.
Qué plantea el proyecto
El proyecto propone aumentar significativamente las penas para quienes realicen falsas denuncias en contextos de violencia de género, delitos contra menores o contra la integridad sexual. En estos casos, la pena podría elevarse de tres a seis años de prisión, lo que implicaría sanciones no excarcelables (actualmente la pena va de dos meses a un año o multa).
También prevé agravantes para testigos, peritos o intérpretes que incurran en falso testimonio, con penas de hasta seis años de prisión e inhabilitación profesional por el doble del tiempo de la condena. También modifica el delito de encubrimiento cuando las víctimas sean mujeres, niños o niñas.
Los fundamentos del proyecto sostienen que en los últimos años se produjo una “difusión de denuncias” que derivan en condenas sociales previas a la sentencia judicial y que esto afecta la presunción de inocencia. También plantean que las penas actuales son insuficientes y que el sistema podría estar siendo utilizado de manera abusiva.
Entre los argumentos del proyecto sostienen que la sociedad argentina ha atravesado un proceso de “difusión de denuncias a través de medios periodísticos o redes sociales” que terminan condenando de antemano al acusado. Argumentan que este fenómeno ignora la presunción de inocencia consagrada en el artículo 18 de la Constitución Nacional.
El proyecto subraya que, en casos de violencia de género o abusos contra menores, la condena social suele manifestarse antes de que existan pruebas o un proceso judicial formal.
Autores del proyecto sostienen que la actual escala penal para el delito de falsas denuncias, contemplado en el artículo 245 del Código Penal, que va de dos meses a un año de prisión o multa, debería aumentarse de 1 a tres años y en los casos de violencia de género o abuso, duplicarse: de tres a seis años de prisión.
En este contexto, el debate sobre el proyecto de ley vuelve a poner en tensión dos principios fundamentales: la presunción de inocencia y el derecho de las víctimas a acceder a la justicia.
Cuándo una denuncia puede considerarse falsa
Uno de los puntos centrales del debate, según la jueza Mónica Traballini, es la forma en que se utiliza el concepto de “denuncia falsa”.
La magistrada y directora de la Oficina de Género de la Asociación Magistrados de Córdoba explicó en diálogo con La Voz que una denuncia que no logra probarse no equivale automáticamente a una falsedad.
“En un proceso penal rige el principio de inocencia y el estándar de prueba exige certeza. Si no se alcanza ese nivel de prueba, corresponde absolver, pero eso no significa que la denuncia haya sido falsa sino que no se llegó a recabar la prueba suficiente para una condena”, señaló.
Traballini advirtió que la calificación de una denuncia como falsa solo puede realizarse en un proceso judicial específico en el que se pruebe que la persona denunciante mintió deliberadamente sobre un hecho inexistente.
“Hablar de denuncias falsas cada vez que hay una absolución es una imprecisión jurídica que puede surgir del desconocimiento de cómo funciona el sistema penal”, sostuvo.
La jueza señaló que, en su experiencia, los casos que llegan a juicio lo hacen porque el Ministerio Público Fiscal (MPF) considera que existen elementos que permiten suponer la existencia del delito. “Cuando una causa llega a juicio es porque la investigación previa reunió evidencia suficiente para sostener una acusación. Acá nadie condena a una persona por la mera denuncia, hay un proceso de investigación”, explicó.

Las dificultades probatorias en delitos de violencia sexual
El segundo punto señalado por Traballini se vincula con las dificultades probatorias propias de los delitos de violencia de género y abuso sexual.
“Se trata de hechos que generalmente ocurren en ámbitos privados, sin testigos. Nadie abusa de un niño en una plaza llena de gente. Suelen ocurrir en espacios cerrados, lo que genera particularidades probatorias”, indicó.
Según explicó, el sistema judicial ha desarrollado herramientas específicas para abordar estas dificultades, como pericias psicológicas, análisis de contexto, testimonios de docentes o profesionales de la salud y otros elementos que permiten reconstruir lo ocurrido.
“No es cierto que se condene solo con el testimonio de la víctima. Ese testimonio es relevante, pero no es el único. Se toman en cuenta pericias psicológicas, se analiza el contexto de la víctima, testimonios de autoridades escolare por ejemplo, el estudio del entorno. Son criterios que nos permiten corroborar una denuncia aún no teniendo testigos directos”, aclaró.
Traballini consideró que el proyecto parte de una premisa que no se sostiene en datos estadísticos. “No hay evidencia que muestre que las denuncias falsas constituyan un problema estructural. Por el contrario, los datos indican que en violencia de género y abuso existe una cifra negra muy alta de casos que nunca llegan a denunciarse”, señaló.
El posible efecto disuasorio
El tercer punto de preocupación de las especialistas consultadas se vincula con el impacto que la reforma podría tener en el acceso a la Justicia
“El temor a no ser creídas ya es uno de los factores que inhibe las denuncias. Si además se incorpora la amenaza de una pena de prisión en caso de no poder probar los hechos, el efecto puede ser claramente disuasorio”, explicó la jueza.
En la misma línea, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) recomendó al Estado argentino retirar el proyecto por considerar que podría desalentar las denuncias de violencia de género y obstaculizar el acceso a la justicia.
La Cedaw (Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer) fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 1979 y tiene rango constitucional en nuestro país.
El organismo internacional advirtió a la Argentina que este proyecto podría afectar la credibilidad judicial de las víctimas y generar un efecto inhibidor en contextos donde ya existen múltiples barreras para denunciar.
Una problemática marginal frente a un fenómeno estructural
La secretaria de Género de Córdoba, Claudia Martínez, consideró que el debate público sobre falsas denuncias desplaza el foco de un problema estructural.
“Se está legislando sobre un fenómeno marginal cuando el problema central sigue siendo la violencia de género”, afirmó y explicó cómo es el trabajo de acompañamiento en el Polo de la Mujer.
Martínez sostuvo que la respuesta punitiva propuesta resulta desproporcionada y podría generar un retroceso en el acceso a la justicia. “La denuncia es la puerta de entrada al sistema de protección. Si se desalienta ese paso, se dificulta la posibilidad de frenar situaciones de violencia”, explicó.
La funcionaria señaló que el proceso de denuncia no suele ser impulsivo sino el resultado de un recorrido complejo. “Las mujeres atraviesan múltiples factores inhibidores antes de denunciar: miedo, dependencia económica, presión social y desconfianza institucional”, explicó.
También advirtió que el proyecto podría generar efectos sobre profesionales que intervienen en estos procesos. “El agravamiento de las penas por falso testimonio puede generar temor en peritos, psicólogos o trabajadores sociales, que cumplen un rol clave en la producción de prueba”, sostuvo.
El impacto en la práctica profesional
Claudia Cedrón, secretaria general del Colegio de Psicólogos de Córdoba y coordinadora del Observatorio de Géneros de la Fepra, advirtió que la iniciativa puede generar incertidumbre en profesionales que trabajan con víctimas.
Según explicó, los procesos de evaluación psicológica requieren tiempos prolongados y un abordaje especializado. “No se trata de opiniones personales sino de intervenciones profesionales reguladas por criterios técnicos y éticos”, señaló.
Cedrón consideró que el proyecto podría reforzar estereotipos históricos que cuestionan la credibilidad de las víctimas: “Existe un riesgo de que se reinstale la idea de que las mujeres mienten o exageran, lo que puede aumentar la revictimización”.
El posicionamiento de organizaciones especializadas
El Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA) también expresó su rechazo al proyecto al considerar que no existen datos que respalden la existencia de un problema extendido de denuncias falsas en violencia de género.
Según la organización, las denuncias falsas representan menos del 1% de los casos a nivel internacional y la mayoría de las investigaciones muestra que el principal obstáculo es la subdenuncia.
ELA advirtió que la reforma podría generar nuevas barreras para el acceso a la justicia y reforzar prejuicios que históricamente afectaron la credibilidad de las mujeres.
Para quienes trabajan en el sistema judicial y en dispositivos de acompañamiento, el desafío consiste en fortalecer mecanismos que permitan investigar con rigurosidad sin generar nuevas barreras para quienes buscan protección frente a situaciones de violencia.
